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  1. El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) está constituido por la información relativa a aquellos impagos, exclusivamente de personas jurídicas, de cuantía igual o superior a 300 euros, que se produzcan en documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda (letras aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta ...

  2. Las más conocidas son la a Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, más conocida como ASNEF-EQUIFAX, el Registro de Aceptaciones Impagadas o RAI, que depende del Centro de Cooperación Interbancaria- CCI, Dun & Bradstreet y Experian Bureau de Crédito (Badexcug).

  3. El Registro de impagados Judiciales ofrece tres servicios: Servicio de Reclamación de deudas: (prejudiciales, judiciales no discutidas por el deudor o reconocidas en resolución judicial firme): Es una herramienta de recobro que permite optimizar las gestiones de cobro en el que las notificaciones al deudor se hacen por medios certificados.

  4. El Registro de Aceptaciones Impagadas o RAI es un fichero de morosidad distinto a ASNEF o BADEXCUG, ya que en éste únicamente se pueden introducir deudas exclusivamente de personas jurídicas por cuantía superiores a 300 € y derivadas de letras de cambio aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta ...

  5. Obtenga toda la información inscrita en el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) de cualquier Empresa de España. Por medio del Informe Financiero de Empresa, le ofrecemos la posibilidad de acceder online al RAI, una de las mayores fuentes de información sobre morosidad e impagados del país.

  6. El RAI o Registro de Aceptaciones Impagadas es el registro de morosos que contiene la información negativa más completa sobre sociedades españolas. Por ello, consultar el RAI se ha convertido en una de las necesidades básicas de cientos de empresas preocupadas por conocer el estado de su sociedad para no dañar la imagen de la misma.